Subsidio habitacional: si te he visto no me acuerdo

Tramitar un subsidio habitacional en la ciudad implica para una familia en situación de calle emprender una pulseada burocrática en medio del hambre y la necesidad. Renovarlo, gracias al último decreto del GCBA, se transformó en un cuesta arriba judicial sin garantías. En ese trajín, las deficiencias en la hasta ahora única política de emergencia habitacional del Pro llevaron a la muerte de un bebé en pleno invierno de 2010, según lo estableció un fallo de Cámara conocido ayer que responsabiliza al Ejecutivo porteño.

subsidio 690 960 situación de calle
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El fallo de Cámara conocido ayer que responsabilizó al Gobierno porteño por la muerte de un bebé en situación de calle en pleno invierno de 2010 desnudó la ausencia de una política concreta que aporte soluciones a las familias en emergencia habitacional, algo que las organizaciones que se dedican a la problemática vienen denunciando hace años, sin ser escuchadas. Hace por lo menos tres gestiones que el Gobierno de la Ciudad arrastra un déficit en la solución habitacional definitiva- ni siquiera transitoria o parcial- para las personas en situación de calle y en riesgo a estarlo. El desinterés Pro es tal que las organizaciones debieron hacer su propio censo para tener a mano una estadística confiable cuantitativa y cualitavemente sobre la población que necesita esa mano urgente del Estado que no llega. El primer Censo Popular para Personas en Situación de Calle estableció el año pasado que son nada menos que 25.872 personas sin vivienda (5.872 en situación de calle y 20.000 en riesgo de estarlo). La principal política del gobierno para ese universo es la entrega de subsidios habitacionales, que siempre han estado muy por debajo de los montos impuestos por los mercenarios valores del «mercado hotelero» al que esta población puede acceder. Y que el fallo de Cámara expuso como la razón principal de la muerte, a causa del frío, del bebé.

Hasta diciembre de 2016, el monto del subsidio habitacional otorgado a través del Programa de Atención a Familias en Situación de Calle (decreto 690/06)  que depende de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, tenía como tope máximo la suma de $1800. Se extendía sólo por 10 meses: luego de dicho plazo, sin contemplar la situación de la persona o familia, finalizaba el subsidio, dejando a las personas nuevamente en situación de calle. Al finalizar el cobro de la totalidad de las cuotas, las familias tenían la posibilidad de iniciar amparos judiciales ante las Defensorías para solicitar la extensión del plazo, pero ese trámite institucional no resultó ser fácilmente alcanzable para todas estas personas que atraviesan situaciones de extrema vulnerabilidad social. Su principal preocupación es satisfacer una necesidad tan básica como lo es poder alimentarse día a día, y los obstáculos impuestos por la burocracia administrativa que exige la presentación de infinidad de documentación y un seguimiento intensivo para poder obtener un resultado favorable les resulta muy cuesta arriba.

Sin embargo, aquellos que han podido alcanzar la obtención de un amparo, pueden (en muchos casos) cubrir la totalidad del monto de alquiler con el cobro del subsidio, ya que éste puede superar el monto establecido por el Decreto que regula el beneficio.

Después de muchos años de estancamiento del monto del subsidio habitacional en $1800.-, en diciembre de 2016, se modifica el Art. 5 del Decreto 690 a partir del 637/16 que establece que «el monto del subsidio a otorgar en una suma total de hasta pesos cuarenta y ocho mil ($ 48.000), abonado en un máximo de doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de hasta pesos cuatro mil ($ 4.000) cada una». Además, faculta a la Autoridad de Aplicación para extender el presente subsidio por plazos de seis (6) meses, pagaderos en cuotas mensuales y consecutivas de hasta pesos cuatro mil ($4.000) cada una, dependiendo de cada caso particular y si la situación de vulnerabilidad social del beneficiario así lo amerita».

Quiere decir entonces, que en la actualidad, si la persona o familia no logra revertir su situación habitacional, el subsidio «debería» seguir renovándose luego de las primeras 12 cuotas, cada 6 meses. Cabe mencionar que el tiempo transcurrido en el ajuste del monto del subsidio habitacional, trajo aparejado que  al momento de la actualización, el monto ya sea insuficiente para cubrir el costo de un alquiler de una habitación de hotel, que en la actualidad para una familia de 4 integrantes en una habitación de  hotel en Constitución, con baño y cocina compartida y condiciones de hacinamiento,  es hoy de alrededor de $8000.-, el doble del monto máximo que puede cobrarse.

Pensar en una continuidad del cobro del subsidio habitacional, aparecía como una medida que favorecía a las personas que se encontraban cobrando el subsidio y para los que ingresaban al mismo. Sin embargo, como todo en la gestión del PRO, hay que desconfiar de lo que parece un beneficio para lxs que menos tienen.

La «aparente» continuidad ilimitada del cobro del subsidio, no es inocente, sino que esconde la imposibilidad de que las personas puedan iniciar amparos judiciales, ya que para el inicio de este trámite, los «defensores» de la Ciudad de Buenos Aires solicitan una certificación de totalidad de cobro del subsidio habitacional que se venía otorgando antes del Decreto 637/16, y que a partir del mismo NO se le entrega a las personas. Este escenario actual deja expuesta también la decisión política del fuero Contencioso Administrativo y Tributario (CAyT) de la Ciudad y la Defensa Pública de denegar la posibilidad de inicio de un amparo y no buscar estrategias para poder dar curso a estas causas.

Por un lado , si bien el Decreto 637/16 no estipula diferencias en los montos de otorgamiento, según la situación particular de la persona o familia, por medio del Art. 16 del Decreto 690/06, quien esté a cargo del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual Ministerio de Desarrollo Humano y Habitat, está facultada/o para reglamentar dicho Decreto. Es a partir de esto, que la Ministra Guadalupe Tagliaferri ha establecido la reglamentación del Decreto 637/16, donde establece categorías en el monto de los topes del otorgamiento del subsidio habitacional de la siguiente manera:
Monto para una persona sola: $2500.- Monto por cada integrante de grupo familiar $500.- hasta un total de $4000.- Es decir, que una pareja con dos o seis hijos, cobra como máximo $4000.- Además hay una categoría que establece que aquellos «grupos familiares cuyo seno esté conformado por alguna persona con necesidades especiales, recibirán hasta $4000.- »

Estas categorías arbitrarias y restrictivas para la asignación del subsidio habitacional, sumado a un endurecimiento de los criterios expulsivos que se suceden en la actualidad y se ven más agudizados a partir de la designación del Dr. Jonathan Lifschitz como gerente del área de la que depende el Programa de Atención a Familias en Situación de Calle, quien en la actualidad y de modo totalmente arbitrario impide el acceso al subsidio a personas que están en condiciones de cobrarlo, solicitando documentación que nunca se les ha solicitado para la gestión, no tomando en cuenta el criterio profesional de los informes que presentan diferentes instituciones, quien viene bajando montos de subsidios ya asignados argumentando falta de documentación en legajos, sin aviso previo de esta situación a la persona. Otra situación preocupante es la actual exigencia para el cobro del tope máximo por problemas de salud, de la presentación del Certificado Único de Discapacidad, para justificar la patología, desconociendo que para algunas enfermedades (como el HIV y pacientes oncológicos, por ejemplo) no se otorga el CUD, por no ser consideradas discapacidades, o no teniendo registro de que muchas de las personas en situación de calle o en riesgo de estarlo con enfermedades discapacitantes, no han podido realizar un tratamiento médico porque su situación de vulnerabilidad social se lo imposibilitó.

La falta de conocimiento de la problemática por funcionarios puestos a dedo, sin formación en lo social, con profundo desprecio por las personas que padecen situaciones de extrema vulnerabilidad social que además día a día se multiplican y reproducen debido al escenario político actual, pone en situación de alerta a las políticas públicas que vienen siendo desmanteladas en forma sistemática.

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