Frenan el atropello contra los medios vecinales

El juez Guillermo Scheibler hizo lugar a la medida cautelar impulsada bajo el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad y ordenó frenar la rebaja de un 19% del valor de la pauta publicitaria que corresponde a los medios vecinales de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo con la Ley Nº 2587.

En diciembre del año pasado, la Legislatura porteña estableció el 6 de diciembre como el «Día de los Medios Vecinales de Comunicación Social con el objetivo de «fomentar y promover sus actividades de comunicación y divulgación de información, así como su rol social, cultural y político». Sin embargo, casi dos meses después, el Gobierno de la Ciudad rebajó en un 19% el valor de la pauta publicitaria que corresponde a los medios vecinales de acuerdo con la Ley Nº 2587.

Por esta razón, el pasado 22 de marzo 58 medios vecinales de la Ciudad de Buenos Aires nucleados en la Asociación de Medios Vecinales (AMV) y otras entidades presentaron una acción de amparo colectivo con el patrocinio del Observatorio del Derecho a la Ciudad. En la demanda se sostuvo que la Resolución N° 813/2018, firmada por el subsecretario de Comunicación Social Máximo Merchensky, «viola la Ley N° 2.587 que regula la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales de Comunicación Social y su Decreto Reglamentario Decreto N° 933/2009». En la actualidad 269 medios vecinales porteños reciben 5 de cada 100 pesos que el Gobierno de la Ciudad invierte en materia de publicidad, con lo cual denunciaron que esa medida avasalla la sustentabilidad de dichos emprendimientos a partir de descuentos «ilegales e inconstitucionales».

Finalmente, en la mañana de ayer, el juez Guillermo Scheibler hizo lugar a la medida cautelar peticionada y, en consecuencia, ordenó la suspensión de los efectos de la Resolución 813/18 dictada por la Subsecretaría de Comunicación Social, «hasta tanto recaiga sentencia definitiva y firme en autos». Los fundamentos de la sentencia expresaron que la Resolución Nº 813/2018 «adopta un sistema o método de cálculo distinto al previsto a tal fin en la ley 2587, en virtud del cual el valor de referencia no sería ya mensual sino semestral y teniendo en consideración el mejor descuento sobre el precio compulsado que hayan ofrecido los proveedores (…) Dicha modificación se habría realizado a priori, sin respetar el principio de legalidad ni de jerarquía normativa».

Por su parte, los medios vecinales actores del amparo declararon «que la disminución ilegal de la pauta oficial, ahora reconocida por la justicia, es parte de una política de persecución y disciplinamiento de los medios vecinales que se integra con las sanciones que el GCBA está realizando sin sustento fáctico y sin cumplir los procedimientos administrativos.»

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