Su señoría, antiderechos

Un fallo del Tribunal Superior de Justicia porteño rechazó un amparo colectivo y dejó vigente el protocolo sobre abortos no punibles de la Ciudad redactado en 2012 y considerado aún más regresivo que la ley vigente.

Con tres votos a favor y uno en contra, los jueces del Tribunal Superior de Justicia Luis Francisco Lozano, José Osvaldo Casas y Ana María Conde decidieron el jueves pasado que el Protocolo de Abortos no Punibles en la Ciudad, considerado aún más restrictivo que el actual Código Penal, vuelva a entrar en vigencia. En un fallo «técnico y formalista», según lo caracterizaron el CELS y la Red de Profesionales por el Derecho a Decidir, el pedido de amparo  impulsado por un grupo de mujeres no presentaba ningún caso real como ejemplo, por lo cual los recursos de inconstitucionalidad habían estado mal concedidos ya en primera instancia. Quienes defienden los derechos de los cuerpos gestantes deberán tomar otras medidas o recurrir a la instancia de la Corte Suprema de Justicia.

El protocolo en cuestión fue escrito en 2012 cuando Mauricio Macri era Jefe de Gobierno porteño y Jorge Lemus, su Ministro de Salud. Es uno de los más restrictivos del país y plantea la necesidad del aval de la dirección del hospital donde se realizaría la intervención y de la autorización de los representantes legales si se tratase de una menor de edad, lo cual entorpecía el procedimiento en caso de violaciones intrafamiliares. El protocolo también marcaba 12 semanas como el límite gestacional en caso de aborto por violación e incluso que se demuestre ante un equipo interdisciplinario que el peligro para la salud de la persona gestante que deseaba realizar la intervención era “grave”. En ese mismo momento, Mauricio Macri vetó la ley 4318 sancionada por la Legislatura para regular abortos no punibles.

Legisladores y organizaciones sociales presentaron un recurso de amparo colectivo contra el Gobierno de la Ciudad, pidiendo que se declarara la inconstitucionalidad tanto del protocolo escrito por Lemus como del veto de Mauricio Macri. En el 2013 el Poder Judicial declaró la inconstitucionalidad como medida cautelar y el protocolo no fue aplicado. Sin embargo, en segunda instancia la Cámara de Apelaciones revocó la decisión de amparo alegando que no era la vía procesal adecuada y el caso pasó a la Corte porteña.

Durante el tiempo que estuvo en revisión el protocolo escrito por Jorge Lemus -entre 2012 y 2018-  rigió en la Capital Federal el antecedente del fallo F.A.L, en el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que toda mujer embarazada como resultado de una violación tiene derecho a acceder a un aborto no punible sin importar su capacidad intelectual, sin requerir autorización judicial previa para acceder a la práctica y sin que exista obligación de realizar la denuncia penal del delito.

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