Las víctimas invisibles de la justicia patriarcal

Silvana Ferreira y Marcela Mendoza estan imputadas por dos crímenes que no cometieron. Ellas son dos casos más de justicia patriarcal en los cuales se evidencia la brecha del acceso a la justicia según el género y la clase social.

Virginia Robles

La UFI N°2 de la Matanza  pretende llevar a juicio a Silvana Ferreyra por un crimen que nunca cometió: se le imputa haber sustraído a su propio hijo, cuando fue a buscarlo a la salida de su escuela, en diciembre de 2016 luego de haber sufrido violencia de género durante años.

Marcela Mendoza está presa hace tres años, bajo cadena perpetua, luego de que un tribunal la condenara por haber sobrevivido al intento de femicidio de su pareja. La semana pasada tuvo una audiencia en el tribunal Número 657 de La Plata, donde la Fiscal falló a favor suyo en el pedido de revisión de sentencia.

Marcela y Silvana son dos ejemplos más de la justicia patriarcal, como Lucía, como Melina, como Ángeles. Los casos se repiten dejando en evidencia que, mientras el feminismo avanza a pasos agigantados, la justicia no hace un mínimo intento por seguirle el tempo. Al sesgo de género se le suma la inequidad de clase: la justicia para los pobres nunca fue lo mismo que para las clases medias y altas.

Silvana

Silvana Ferreyra vive en Villa 15 (Ciudad Oculta) y tiene un hijo con Sergio Medina, su ex pareja, de la que sufrió todo tipo de violencias. En enero del 2016, estando la pareja ya disuelta, Medina le dijo que quería llevar a su hijo de vacaciones y Silvana accedió. Al regreso de las vacaciones, Medina le dijo que el niño se quedaba con él y que nunca más lo iba a ver. Comenzó entonces un recorrido judicial interminable de denuncias cruzadas: Silvana acudió al poder judicial para pedir la restitución, Medina y sus familiares hicieron denuncias para señalar a Silvana como una persona violenta. La pesquisa avanzó e impulsó la acción penal hasta el final.

El juzgado de Familia de La Matanza y el Juzgado de Familia de Capital Federal intervinieron en el caso. Sin embargo, la Fiscalía no contempló la Convención de los Derechos del Niño y eligió para Silvana una figura penal no excarcelable y que tiene entre 5 y 15 años de prisión. A su vez, se cometieron errores procesales graves, como mencionar que al momento del episodio hubo un arma (aunque esto nunca se probó), relatar la participación de al menos tres personas más que no fueron imputadas; y por último, elegir como calificación legal un artículo, que es ampliamente discutido en doctrina y jurisprudencia, sobre la posibilidad de que los padres o madres sean sujetos activos del delito de sustracción de menor.

Antes de llevarla a juicio, la UFI N°2 le había ofrecido a Silvana la posibilidad de aceptar un juicio abreviado por cinco años, es decir, firmar una condena asumiendo un hecho que no cometió y que implicaba al menos tres años de cárcel.

Marcela

Marcela Mendoza fue atacada por su expareja, Eduardo Goméz, luego de que aceptara reunirse con él por miedo a lo que pudiera hacerle a sus hijos, a pesar de que contaba con dos exposiciones por violencia de género y restricción perimetral. El 9 de abril del 2015, Marcela y su expareja estaban en el auto de Gómez cuando éste comenzó a incendiarse: Marcela sostiene que fue Gómez quien inició el incendio, pero la familia de Gómez argumenta que fue ella. Marcela atinó a escapar por la puerta del acompañante del vehículo pero su agresor la persiguió.

Según cuenta un testigo semipresencial -ya que no estuvo desde que comenzó el hecho-, Eduardo salió por el asiento del acompañante, lo cual significó que estuvo en el foco de incendio por más tiempo, resultando un 70% de su cuerpo quemado. Marcela quedó detenida y fue acusada por la muerte de su ex pareja.

El 16 de abril  del 2018 -luego de 2 años y 7 meses de cautiverio en el penal N°33 de Los Hornos- el Tribunal en lo Criminal N°3 de La Plata, conformado por los jueces Domenech, Vitale y Paolini, condenó a cadena perpetua a Marcela Astrid Mendoza por homicidio agravado por el vínculo.

Rodríguez Antinao, el abogado de Mendoza, explicó al diario Pagina 12  que duramte el proceso no se pudo determinar cómo se inició el incendio ni cuál fue el combustible que lo produjo, tampoco se tuvo en cuenta que mi representada salió corriendo del auto por la puerta del acompañante, seguida por su ex pareja, que antes la había insultado.

“Ni siquiera se tuvo en cuenta, ni como atenuante, la violencia de género denunciada, al punto que eso ni figura como antecedente en el fallo» sostuvo el abogado.

La familia de Marcela apeló ante el fallo y se le concedió una audiencia de apelación que tuvo lugar el último 6 de diciembre en juzgado 657 de La Plata, donde el abogado defensor remarcó las irregularidades del fallo y volvió a presentar pruebas que habían sido rechazadas en primer momento. Asimismo, la Fiscal remarcó la escasez de pruebas y las denuncias previas por violencia de género que Marcela había realizado y que no se tuvieron en cuenta a la hora de la sentencia. La defensa de Marcela logró que se reviertiera la condena a cadena perpetua pero ahora su familia deberá esperar hasta febrero para saber si obtiene la libertad o solamente se le acorta la condena.

La falta de perspectiva de género de la justicia argentina, que quedó burdamente evidenciada luego del fallo por el femicidio de Lucía Pérez, se repite constantemente en sucesos que no llegan a los medios de comunicación hegemónicos.

“Decimos que la justicia es patriarcal cuando ignora las violencias que sufren las mujeres por el simple hecho de serlo. Si bien en estos casos se trata de relaciones de pareja, están atravesadas por desigualdades de poder estructurales del patriarcado. El poder judicial las revictimiza al no escucharlas, al no querer ver”, comenta Ana Pietchestein, abogada de la organización Limando Rejas. «Tiene que ver con una cuestión estructural: la justicia esta conformada mayoritariamente por varones. La perspectiva de genero es obligatoria pero no está establecida expresamente en la mayoría de los tipos penales», agrega.

La falta de formación de los miembros del Poder Judicial en temas de género y la escasa participación de especialistas recrudece las distancias entre quienes obtienen respuestas por parte la justicia y quienes no.

«Silvana tenia una orden de revinculación que no se estaba cumpliendo. La justicia no esta tomando en consideración que ella tenía derecho a ver al niñe. Se quedan con las denuncias contra ella y no con las que ella intentó hacer y no pudo por miedo a que su ex pareja lastime a su hije. La justicia se queda con el derecho penal, que no soluciona el problema de la revinculación, sino que además lo usa en contra de las mujeres para juzgarlas y encasillarlas como malas madres», concluye Pietchestein. Por ahora que el proceso de Silvana está frenado sin nueva fecha de juicio luego de que la joven no se haya podido presentar frente a la justicia en la fecha estipulada por la fiscalía, el martes pasado.

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