Dejar la vida trabajando

Durante el primer semestre de 2020 hubo 272 muertes laborales a causa de enfermedades profesionales, accidentes en los puestos de trabajo o siniestros in itinere. ¿Qué pasa con las muertes laborales en el empleo informal o no registrado?

Los últimos datos publicados por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) arrojan que, entre enero y junio de 2020, al menos 176 trabajadores y trabajadoras perdieron la vida producto de enfermedades profesionales o accidentes ocurridos en sus puestos laborales. Si a ese número se le suman los 96 decesos por accidentes in itinere, es decir los siniestros mortales ocurridos en el trayecto de la casa al trabajo o viceversa, la cifra asciende a 272 laburantes fallecidos durante el primer semestre de este año. Pero, ¿qué pasa con las muertes laborales en el empleo informal o no registrado?

Especialistas sostienen que los datos que se publican oficialmente y de manera semestral reflejan parcialmente la cantidad de fallecimientos en la totalidad de las actividades, sobre todo en las que prevalece la informalidad. “El inconveniente con los datos oficiales de la Superintendencia es que sólo cuenta los accidentes ocurridos en el mercado de trabajo formal. Pero en Argentina existe más de un 40% de trabajo no registrado. Entonces hay un gran déficit por parte de la Superintendencia que radica en no llevar estadísticas de fallecimientos en el ámbito laboral informal”, dijo a El Grito del Sur Leandro Muñoz, abogado especializado en derecho laboral.

En efecto, en las cifras publicadas por la SRT no están contemplados Ramiro Cayola Camacho, Franco Almada, Miguel Ángel Machuca, Emma Riosendaulv Joncka, ni Jorge Alejandro Pirriz Umpierrez. Todos trabajadores de plataformas de reparto que integran la lista de fallecidos durante la pandemia. “El problema en los trabajos de plataformas como Uber o Rappi es que las empresas ocultan la relación de dependencia, entonces se desligan de sus obligaciones de cobertura y de prestación de ART. No los registran como sus empleados y, por lo tanto, no se ven obligadas a cumplir con la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557, que rige para las relaciones laborales de dependencia”, aclaró Muñoz.

La implementación de un área de estadísticas por parte de la SRT que registre las muertes laborales en el mercado de trabajo no registrado, implicaría para el Estado reconocer, de mínima, que debe realizar un despliegue de políticas públicas con el objetivo de brindar cobertura para ese sector, así como implementar políticas que tiendan a mitigar los riesgos que cotidianamente enfrentan millones de trabajadores y trabajadoras. Leandro Muñoz sostuvo que “hay informes privados que duplican las cifras que publica la Superintendencia”, y ejemplificó: “En la industria de la construcción hay muchísimo empleo informal. Además muchas obras en construcción, sobre todo en la Ciudad, no cuentan con la habilitación correspondiente y eso deriva en un aumento de las muertes laborales, que luego no figuran en los registros oficiales. En la mayoría de los casos son caídas de altura”.

El sector de la construcción lidera el ranking de accidentes, con un 16% de las muertes laborales. En el año 1996, con la sanción del Reglamento para la Industria de la Construcción a través del Decreto 911/96, los trabajos en altura comenzaron a ser regulados en sus particularidades. La normativa establece obligaciones para los empleadores en cuanto al “mantenimiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo que aseguren la protección física y mental y el bienestar de los trabajadores”. Asimismo, el reglamento contempla el tratamiento de las enfermedades laborales, el uso de elementos de protección personal (EPP) -como escaleras y andamios- para la prevención de caídas y los sistemas de señalización de obra. Sin embargo, un relevamiento realizado por la UOCRA en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires durante 2015, informó un alto porcentaje de incumplimiento de las normas y medidas de seguridad que debieran aplicarse para las tareas de trabajo en altura. Los números del estudio alarman y mucho: de un total de 3403 empresas relevadas, el 41,89% cumple totalmente con las condiciones exigidas, mientras que un 32,11% cumple parcialmente y un 26% no las cumple.

Mas aún, la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo establece como uno de sus objetivos centrales la implementación de sistemas de prevención en todas las actividades con el objetivo de reducir los accidentes. La ley otorga facultades a la SRT para ejercer controles sobre el desempeño de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), que a su vez son quienes tienen la obligación de exigirles a los empleadores que cumplan con las normas preventivas, creando ambientes de trabajo seguros y dotando de los elementos de protección personal a la totalidad de los trabajadores y trabajadoras. “Todo ese sistema falla salvo en las grandes empresas, porque les pagan a las ART un canon mayor para tener más cobertura”, sostuvo Muñoz. En el mismo sentido, el especialista agregó que “a las ART les resulta más redituable pagar las indemnizaciones por fallecimiento que hacer un gasto en controlar a los empleadores o en implementar sistemas de prevención. Lamentablemente terminan haciendo un negocio con la salud y la vida de los trabajadores”.

Por otra parte, según los datos publicados por el Ministerio de Salud de la Nación, en lo que va de la pandemia 229 profesionales de la salud perdieron la vida tras contagiarse de COVID-19 en sus puestos de trabajo, entre los que se contabilizan enfermeros, enfermeras, médicos, médicas y auxiliares. El desfasaje respecto a los datos proporcionados por la SRT radica en que el coronavirus aún no se encuentra dentro del listado de enfermedades profesionales.

¿Accidentes laborales o asesinatos?

“Me matan si no trabajo y si trabajo me matan”. Así se llama el documental que realizó el cineasta y militante Raymundo Gleyzer en el año 1974. El audiovisual visibiliza la lucha de los obreros de la metalúrgica INSUD en contra del saturnismo, una enfermedad causada por la intoxicación a través de la ingesta o inhalación de plomo en condiciones de trabajo deplorables. A 46 años del documental de Gleyzer, si bien se avanzó en la sanción de leyes que protegen la integridad física y mental de los trabajadores y trabajadoras -sobre todo a partir de 2003 con el impulso estatal a las negociaciones colectivas-, aún siguen siendo moneda corriente las enfermedades contraídas en ambientes laborales insalubres y que provocan la muerte.

El 9 de septiembre de 2016 fallecieron tres trabajadores en sus respectivos puestos de trabajo. David Ramallo, técnico de la Línea 60, murió luego de que el elevador que sostenía el colectivo que reparaba cediera y todo el peso de la unidad recayera sobre él. Richard Alcaraz murió aplastado por los escombros tras el derrumbe de una medianera en una obra en construcción de Villa Crespo. Diego Soraire falleció luego de permanecer tres días internado a causa de las heridas que le provocó la explosión de un digestor en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). Estos tres hechos llevaron a familiares de las victimas a crear el espacio Basta de Asesinatos Laborales (BAL), uno de los organismos que elabora estadísticas paralelas a las que publica la SRT. Sus impulsores aseguran que estas muertes “no son hechos aislados”, sino “el resultado del ahorro en salud y seguridad en el trabajo por parte de las patronales”. “Si pudieron evitarse, no son accidentes, son asesinatos”, explican. Hasta el momento presentaron dos informes anuales que plasman cifras estremecedoras: se trata de dos trabajos informativos en base a fuentes periodísticas y de organizaciones sindicales.

En su primer informe anual, presentado en 2018, denunciaron que al menos 375 trabajadores y trabajadoras perdieron la vida en sus puestos laborales ese año. Detrás de estas cifras hay cientos de historias, y detrás de cada historia cientos de familias y compañeres que exigen justicia. En aquella primera presentación de BAL se enmarcan las muertes de Sandra Calamano y Rubén Rodríguez, vicedirectora y portero respectivamente de la Escuela N°49 de Moreno, donde el 2 de agosto de 2018 perdieron la vida debido a la explosión de una garrafa.

El segundo relevamiento anual realizado por el colectivo BAL arrojó que durante 2019 hubo al menos 534 muertes en los lugares de trabajo, de las cuales 200 se produjeron en el marco de una relación laboral no registrada. Cabe destacar que ambos estudios no contemplan los fallecimientos que se produjeron bajo la modalidad in itinere.

El informe también remarca que el motivo de muerte más asidua es el choque de vehículos, que se da especialmente en transporte de cargas, en donde ocurren el 19% de las defunciones. Sin embargo, los siniestros automovilísticos también afectan a otros laburantes que desarrollan sus tareas en la vía pública. Cinthia Choque (28), agente de tránsito de la Ciudad de Buenos Aires, falleció el 8 de septiembre de 2019 al ser atropellada por un vehículo que circulaba a gran velocidad por Av. Figueroa Alcorta. Desde BAL definieron este hecho como «asesinato laboral» y denunciaron la precariedad laboral de las y los agentes de la Secretaría de Tránsito porteña. A raíz de la muerte de Cinthia, las críticas apuntaron sobre las condiciones de contratación del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta y así quedó en evidencia que de los 2600 agentes de tránsito, 1800 eran monotributistas, incluyendo a Choque.

El informe de BAL destaca además las caídas desde altura en la industria de la construcción como otra de las causas frecuentes de las muertes laborales, a lo que se le suma el derrumbe de medianeras o edificios a medio construir. En esta actividad ocurren el 16% del total de fallecimientos. La falta de controles hacia las empresas, el negocio de las ART y la mirada obtusa de los organismos estatales que debieran hacer cumplir las leyes laborales, conforman una bomba de tiempo que se cobra la vida de los y las que ponen su cuerpo todos los días a cambio de un salario.

Aunque las luchas sindicales en su conjunto posibilitaron elevar el piso de derechos en las diferentes ramas de actividad a lo largo de la historia, lo cierto es que muchos y muchas tuvieron que dejar la vida en el camino para que las demandas se materialicen en legislaciones beneficiosas para el movimiento obrero, como la creación de sistemas de prevención de riesgos o los reglamentos de seguridad e higiene por actividad. Las leyes están, pero se trata también de dar la lucha cotidiana para su pleno cumplimiento.

 

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Jeremías Herrera

Licenciado en Comunicación Social por la Universidad de Buenos Aires