Argentina será el primer país en regular la equidad de género en los medios

📝 Esta madrugada, Argentina se convirtió en el primer país en sancionar una ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación. A pesar de la tensión y los lobbies, la ley obtuvo 134 votos afirmativos.

Foto: Mu La Vaca

Nuestro país amaneció con una nueva victoria feminista. Con 134 votos afirmativos, 9 negativos y ninguna abstención, la Cámara de Diputados sancionó la ley de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación, convirtiendo a la Argentina en el primer país del mundo en legislar sobre el tema. La norma establece un régimen que obliga a los medios públicos a garantizar la paridad de género y a incorporar, en un porcentaje no menor al uno por ciento, a personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex. Además, determina que los medios de gestión privada que acrediten avances en el mismo sentido podrán obtener preferencias en la asignación de publicidad oficial.

La pregunta fundamental que atraviesa el recorrido de esta ley tiene que ver con qué voces y qué cuerpos se escuchan y se muestran en los medios de comunicación. Más precisamente, con su reverso: ¿quiénes quedan por fuera de esos discursos? ¿Qué voces y qué cuerpos se silencian y se invisibilizan en los medios? El texto que resultó aprobado recoge cuestiones que estaban contempladas en iniciativas legislativas presentadas durante el año pasado, en el marco del despliegue de la agenda transfeminista hacia el interior de la agenda mediática. En ese sentido, es importante destacar que el articulado de la norma recupera varios puntos discutidos en los encuentros federales organizados por referentas políticas, periodistas feministas e investigadoras de la comunicación durante el 2020.

El proyecto, que en octubre pasado había alcanzado por unanimidad la media sanción en la Cámara alta, fue presentado originalmente por la senadora Norma Durango bajo el título “Paridad de género en los servicios de radiodifusión sonora y televisiva del Estado Nacional”. Es decir que, en un primer momento, el texto no era extensivo a los medios de comunicación privados ni incluía la obligatoriedad del cupo travesti-trans en los de gestión pública. Tampoco abarcaba a “los servicios de comunicación, cualquiera sea la plataforma utilizada”, como lo hace la ley sancionada. En las modificaciones al proyecto, por otro lado, se buscó superar el binarismo que implica la noción de “paridad”.

Foto: Catalina Distéfano

“La presencia justa de mujeres y personas trans trae una discusión histórica sobre los medios. Si la información es machista, el poder que construye es machista”, aseguró durante el debate Mónica Macha, una de las impulsoras del proyecto. “Es importante que tomemos real dimensión de lo que estamos discutiendo. No estamos legislando sobre los medios de comunicación, sino sobre nuestra sociedad. Seguimos profundizando desde la legislación la posibilidad de construir una sociedad igualitaria”, manifestó la representante del Frente de Todos por la Ciudad de Buenos Aires, Paula Penacca.

¿Qué dice la ley?

La ley, que incorpora cambios en la denominada Ley de Medios sancionada en 2009, tiene el objetivo de promover la equidad en la representación de los géneros “desde una perspectiva de diversidad sexual” en los servicios de comunicación, en cualquier soporte, operados tanto por prestadores de gestión estatal como de gestión privada, con o sin fines de lucro.

Para los medios públicos establece un régimen obligatorio basado en el principio de equidad en el acceso y la permanencia a los puestos de trabajo, fundamentalmente en los cargos de conducción. Este principio debe aplicarse sobre la totalidad del personal, cualquiera sea la modalidad de contratación. Por otro lado, debe garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgéneros e intersex en una proporción no menor al uno por ciento de la totalidad del personal. Si estos dos puntos no se cumplen, la norma dispone sanciones como el llamado de atención y el apercibimiento.

El texto también contempla, en sus disposiciones transitorias, la gradualidad en la ocupación de los puestos atendiendo a las vacantes que se produzcan. En ese sentido, aclara que “en ningún caso se afectarán los cargos originados, ni los concursos convocados con anterioridad a la entrada en vigencia” de esta ley.

En simultáneo, invita a los medios privados a realizar cambios progresivos en materia de género. Lo hace mediante un régimen de promoción no obligatorio, que no busca regular pauta ni contenidos, sino incentivar a aquellas empresas que demuestren avances concretos. Específicamente, dice que la autoridad de aplicación -que posiblemente sea el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad- creará un registro público y actualizado de servicios de comunicación de gestión privada y “expedirá un certificado de equidad en la representación de los géneros para aquellos prestadores que incluyan dicho principio en sus estructuras y planes de acción”.

Para obtener el certificado, los medios “deberán elaborar anualmente un informe donde acrediten progresos en materia de equidad” y en el que se detalle el cumplimiento de al menos cuatro de estos requisitos:

  • Procesos de selección de personal basados en el respeto del principio de equidad en la representación de los géneros;
  • Políticas de inclusión laboral con perspectiva de género y de diversidad sexual;
  • Implementación de capacitaciones permanentes en temáticas de género y de comunicación igualitaria y no discriminatoria, de conformidad con la normativa vigente en la materia;
  • Acciones para apoyar la distribución equitativa de las tareas de cuidado de las personas trabajadoras;
  • Disposición de salas de lactancia y/o de centros de cuidado infantil;
  • Promoción del uso de lenguaje inclusivo en cuanto al género en la producción y difusión de contenidos de comunicación; y
  • Protocolo para la prevención de la violencia laboral y de género.

Este punto fue el que, durante la tarde de ayer, resonó con fuerza en algunos medios de comunicación privados que consideraron que se trataba de una estrategia para “condicionar la pauta oficial”. La primera respuesta salió de las trabajadoras y trabajadores de esos medios y se replicó durante el debate en la cámara baja. “¿De verdad nos dicen que la pauta publicitaria es un derecho humano? Usan las palabras para cualquier cosa, porque han sido dueños de los modos de decir durante siglos”, cuestionó la diputada Gabriela Cerruti.

Gabriela Cerrutti

Por otra parte, 17 diputados y diputadas de Juntos por el Cambio plantearon una disidencia parcial al dictamen de mayoría por considerar que el articulado no tiene la claridad suficiente para definir qué colectivos se busca incluir en los medios y se opusieron a la preferencia en la asignación de pauta oficial para los medios que cumplan con los objetivos de la ley. “Ya vimos las reacciones que muchos tuvieron durante todo el día: han querido que muchos diputados y diputadas cambien su voto para que no se sancione esta ley que es tan necesaria. Es desde los medios de comunicación que necesitamos generar ese relato de equidad y con una transversalidad en la comunicación para poder erradicar la violencia por razones de género”, finalizó la periodista Gisela Marziotta.

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Sibila Gálvez Sánchez

Periodista y socióloga. Escribió sobre política en Página/12 y actualmente investiga sobre comunicación y diseño. Colecciona datos inútiles y los sistematiza rigurosamente.