Un censo que excluye

👩‍🦯 "No queremos una página especial para personas con discapacidad; simplemente, queremos que el Estado garantice que los sitios web que diseña no dejen a nadie afuera", explican desde REDI.

El pasado 23 de marzo, una gran cantidad de organizaciones del colectivo de personas con discapacidad le enviamos una nota al director del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), en la que le manifestamos nuestro malestar porque la página web para completar el censo digital no es accesible. A tres semanas de la presentación de la nota, y a poco más de un mes del día del censo, no obtuvimos ninguna respuesta oficial.

El sitio es poco intuitivo. Técnicamente, hay funciones que las personas con discapacidad visual no podemos realizar con autonomía, ya que sólo se pueden ejecutar con el Mouse, cuando la mayoría de las personas ciegas sólo podemos manejar una computadora a través del teclado. A modo de ejemplo, desde el inicio del formulario aparece una barrera importante, ya que la opción accesible para demostrarle al sistema que no somos robots sólo podemos encontrarla usando el mouse.

Además, la página es poco amigable para personas que tienen discapacidad intelectual y para personas sordas cuya lengua primigenia es la lengua de señas. Por si fuera poco, el sitio se actualiza continuamente, dificultando la navegación de personas con diversas limitaciones para acceder a la lectura.

La Argentina firmó en 2008 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas. Desde 2014, este tratado internacional tiene rango constitucional en nuestro país. Uno de los derechos más importantes que contempla en su artículo 19 es el derecho a la autonomía. Esto implica la libertad de las personas con discapacidad para tomar nuestras propias decisiones.

Otro derecho fundamental es el de la accesibilidad, que la Convención establece en su artículo 9. Este concepto abarca a los entornos físicos, pero también a la información y las comunicaciones, incluida Internet. En este sentido, es importante tener en cuenta que la Convención introduce un concepto crucial para pensar la accesibilidad: el diseño universal, es decir, el diseño de productos, entornos y servicios para que puedan ser usados por todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.

Entonces, vemos que en el caso del censo digital 2022, que es el primero de estas características en nuestro país, el Estado no cumplió con su obligación constitucional de permitirnos a las personas con discapacidad elegir con libertad y en igualdad de condiciones cómo completar el formulario, porque también incumplió su obligación de diseñar la herramienta de manera inclusiva, para que la mayor cantidad de personas posibles, tengamos o no una discapacidad, podamos utilizarla con facilidad. No queremos una página especial para personas con discapacidad; simplemente, queremos que el Estado garantice que los sitios web que diseña no dejen a nadie afuera.

No podemos olvidar que desde 2010 existe en la Argentina la ley 26.653, que obliga al Estado a garantizar que las páginas web de los tres poderes, e incluso de las empresas que firmen contratos con el Estado sean accesibles para personas con discapacidad. A más de diez años de la sanción de esta norma, todavía no se cumple de manera plena. De hecho, desde 2020, en cuanto irrumpió la pandemia, reclamamos que la plataforma TAD de trámites a distancia sea accesible, pero nunca obtuvimos una respuesta.

Por primera vez en un censo, en 2022 las preguntas relacionadas con la población con discapacidad fueron incluidas en el formulario general, ya que en censos anteriores esas preguntas aparecían en un formulario anexo que respondía aleatoriamente sólo una mínima parte de la población del país. Ahora todas las personas censadas podremos responder si tenemos dificultades para caminar o subir escaleras; recordar o concentrarnos; comunicarnos, entender o ser entendidas por otras personas; oír, aún con audífonos; ver, aún con anteojos; comer, bañarnos o vestirnos solas.

Sin embargo, este avance quedó opacado por la inaccesibilidad de la página web para completar el formulario de manera digital. Es cierto que las personas con discapacidad tenemos la opción de responder las preguntas de forma presencial al/la/le censista. Pero no es menos cierto que estamos cansadas de no poder elegir en igualdad de condiciones que las demás. No pedimos un diseño especial, ni mucho menos que el INDEC ponga a disposición una persona que a través de un call center nos ayude a completar el censo digital. Lo que pedimos, ni más ni menos, es que el diseño de los entornos, los servicios y las páginas web sea inclusivo desde el principio; que siempre se tenga en cuenta la accesibilidad cuando se diseña. En definitiva, lo que pedimos es que el Estado cumpla con esta obligación para que las personas con discapacidad no quedemos excluidas.

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Andrea Grassia

Periodista. Mujer con discapacidad visual. Integrante de la comisión directiva de la Red Por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI). Asesora en la Legislatura Porteña.