¿De qué hablamos cuando hablamos de justicia ambiental?

🍃 A 40 años de democracia, la vicepresidenta del país está siendo atacada, perseguida y condenada por los principales poderes concentrados. ¿Cómo es posible discutir una agenda ambiental de forma transgresora en un presente de lawfare y justicia para pocos?

Foto: Julián Galán

Si bien este estado de situación haría parecer que no es posible abrir nuevos caminos u horizontes de transformación, éstos existen. Estamos acá y estamos construyendo el ambientalismo popular, a través del cual afirmamos: sin justicia ambiental, no hay justicia social.

Históricamente, el peronismo ha definido a la justicia social como la ampliación de derechos. Es el desarrollo de políticas públicas de redistribución del ingreso, de fortalecimiento de la movilidad social ascendente, de jugar en favor de las grandes mayorías. ¿Cómo se conjuga esto con la justicia ambiental? ¿Por qué decimos que la justicia ambiental y la social están interrelacionadas y son interdependientes?

La justicia ambiental es una nueva forma de pararnos en el mundo, de observar y observarnos los unos a los otros. La justicia ambiental es una declaración de principios, es un manifiesto político y, por sobre todas las cosas, es una forma de nombrar lo que tantas otras veces vimos, conocimos y reconocimos con otros significantes. Es una llave que abre un escenario de diferentes mundos posibles.

Ahora bien, esa es una forma de nombrar el concepto de justicia en tanto principio moral bajo el cual todos y todas aquellos y aquellas que nos sentimos parte de un proyecto político para las grandes mayorías, comulgamos. Es comprender cómo el acceso al agua, a la vivienda digna y a la salud son problemas ambientales y los principales a atender.

Sin embargo, existe otra justicia. Si bien el Poder Judicial debería funcionar como garante de derechos, cuando éstos se ven vulnerados, es este mismo el poder del Estado que opera de forma tal que, salvo excepciones, atenta contra los intereses de las mayorías y se ha desarrollado más como mafia e instrumento de persecución de dirigentes del campo popular. Vale la pena recordar que hace poco tiempo se dio a conocer cómo se juntaban jueces de diferentes fueros, representantes y empresarios de medios y funcionarios públicos del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en la estancia del magnate británico Joe Lewis en Lago Escondido.

Entonces, la primera reflexión en la que hay que profundizar es: en el ambientalismo se disputan intereses y poder. Se desarrollan conflictos socio-ambientales vinculados a la soberanía, los territorios, a los bienes comunes naturales y a la toma (o falta de) de decisiones por parte de las comunidades. 

Aquí de lo que se trata es poner en el centro de la discusión el cruce entre economía, política y ambientalismo. 

Por ejemplo, el FMI ajusta económicamente y luego va a saquear bienes comunes naturales, como el agua, la tierra y el litio. Cristina Kirchner, en el acto de la militancia el pasado 17 de noviembre, advirtió: “La década de la pospandemia viene difícil, (…) viene con disputas que están por fuera de nuestras posibilidades el intervenir o el decidir pero, por lo menos entonces, fortalezcámonos acá los argentinos y las argentinas para defender los recursos naturales: el litio, la hidrovía, Vaca Muerta, el agua”.

La vicepresidenta nos convocó a construir una dirigencia política compenetrada de los problemas que tiene el mundo para encararlos y resolverlos, para discutir la verdadera agenda ambiental, en vez del agravio, la descalificación y la estigmatización. Agrego como segunda reflexión que desde el peronismo debemos poder construir grandes consensos ambientales para defender nuestros bienes comunes naturales. ¿Cómo lo hacemos? Desde nuestro posicionamiento político y doctrina.

A este posicionamiento político lo hemos nombrado ambientalismo popular, es decir que para nosotros y nosotras el ambientalismo tiene rostro humano y es ineludiblemente “con la gente adentro”, como ha dicho Máximo Kirchner en innumerables ocasiones. En ese sentido, la gente adentro significa que nuestras comunidades accedan al agua potable, a la salud y a vivir en un ambiente digno; que no sufran políticas de ajuste producto del endeudamiento de nuestro país con el FMI.

Durante la pandemia se han sancionado legislaciones de gran avance en materia ambiental como la Ley 27.621 de Educación Ambiental Integral, la Ley Yolanda, Ley de Manejo de Fuego, la Ratificación del Acuerdo de Escazú y la Ley de Aporte Solidario y Extraordinario. Estas leyes vienen a transversalizar la discusión ambiental y promueven un abordaje holístico, que profundiza lo consagrado en el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional reformada en el año 1994.

Hace pocos días se celebró el segundo aniversario de la puesta en vigor del Acuerdo de Escazú, el cual establece tres derechos de acceso: a la información, la participación y la justicia ambiental. La mejor forma de abordar los problemas ambientales es a través de espacios de escucha y co-construcción con las comunidades, éstos achican el margen de error de las decisiones políticas.

Fotos: Alejandra Bona

El Acuerdo de Escazú, conocido de esa forma porque fue firmado en la ciudad de Costa Rica con ese nombre, es un acuerdo regional único en el mundo porque establece disposiciones específicas para proteger a los y las defensores y defensoras humanas y ambientales. En Argentina, al ser un acuerdo de derechos humanos, tiene estatus constitucional y se lo considera de carácter “supralegal”. Entre otras cosas, se caracteriza por ser un acuerdo con participación del público y posibilita un piso mínimo de legislación ambiental para todos los países que son parte del Acuerdo.

Si ello no ocurriese, las calles son nuestras.

Porque la justicia ambiental no se trata solamente de la ampliación de derechos, sino que todos y todas podamos gozar de ellos libremente. Es el derecho a manifestarse, a intercambiar opiniones, a construir diálogos y consensos para que todos y todas podamos acceder plenamente a una vida sana y de disfrute. 

Esto no siempre es así. Recordemos las muertes de Santiago Maldonado y Rafael Nahuel. En Brasil, por ejemplo, no se ha ratificado el Acuerdo de Escazú y en el año 2021 el periodista británico Dom Phillips y el experto indigenista brasileño Bruno Pereira fueron asesinados también. Ambos casos se enmarcan en lo que advierte un informe de Global Witness: 3 de cada 4 personas que se organizaron para defender los derechos humanos, la soberanía y el ambiente fueron asesinadas en América Latina y el Caribe. 

Para seguir profundizando esta mirada ambiental necesitamos una justicia que actúe e interprete la normativa bajo una perspectiva ambiental y de género, en favor de quienes trabajan la tierra y quienes defienden los Derechos Humanos.

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