El lunes 16 de junio, a través de un DNU, el Gobierno presentó el decreto 838/2025. Éste se enmarca en un proceso de reorganización de las fuerzas de seguridad. El documento presenta un programa presupuestario de «modernización» de la Policía Federal Argentina, donde la vigilancia de redes sociales se incorpora como una nueva función policial.
Las preguntas que surgen son: ¿cómo se llevará a cabo esta vigilancia? ¿A quiénes apunta? ¿Alguien puede ser allanado por hacer un chiste? El decreto no lo aclara. La ambigüedad es la estrategia: el gobierno nacional despliega estas medidas utilizando la incertidumbre y el miedo como herramientas que ponen en jaque la libertad de expresión.
Para entender en profundidad y las implicancias de la cuestión, hablamos con Victoria Darraidou, coordinadora del área de Seguridad Democrática y Violencia Institucional del CELS; y con Margarita Trovato, abogada de la Fundación Vía Libre y especialista en derechos digitales.
Entre sus múltiples disposiciones, el decreto incorpora la posibilidad de que esta fuerza realice tareas de “prevención del delito” en entornos digitales, específicamente en “fuentes abiertas”. Aunque no menciona de forma explícita a las redes sociales ni a la inteligencia artificial, el lenguaje utilizado habilita a que se recolecte información de plataformas como X (previamente Twitter), Facebook o Instagram sin necesidad de orden judicial. Tampoco se establecen límites sobre qué delitos justificarían esta vigilancia, ni qué criterios se utilizarán para definir a quiénes se patrulla o cómo. Lo que queda claro es que el monitoreo podrá realizarse sobre cualquier persona, con la única condición de que su contenido sea público. Darraidou dijo al respecto: “El decreto no dice si va a haber control judicial, no aclara qué tareas concretas se harán ni cómo se protegerán los derechos de niños, niñas y adolescentes”.
Por su parte, Trovato señaló que la ausencia de límites habilita una vigilancia sin garantías, ya que -al no haber una hipótesis criminal previa así como tampoco orden judicial y no saber quién está controlando qué hace la policía con la información que recolecta- la discrecionalidad de esto aparece como uno de los grandes problemas.
La cuestión de los datos y su recopilación es uno de los ejes centrales sobre los cuales hay que prestar atención en el presente y en el futuro. El uso de la inteligencia artificial, si bien no está explícito en el decreto, puede inferirse. ¿Qué herramientas se utilizarían para realizar estas tareas? Eso no está claro. Trovato expresó su preocupación por el uso de información personal que, según la Ley de Protección de Datos Personales, debería ser eliminada una vez finalizada la investigación. Sin embargo, en un contexto donde no hay investigación penal concreta, sino una práctica preventiva sostenida, no existen garantías de que esa información sea borrada.
“Lo más preocupante es que se sistematice y archive información sobre personas que no están cometiendo ningún delito, sin que nadie lo sepa”, advirtió Trovato. La posibilidad de que esa información se utilice luego para elaborar perfiles políticos, ideológicos o sociales, por fuera de todo control judicial, se torna en una amenaza que acecha desde la oscuridad. La abogada de Fundación Vía Libre se preguntó: “¿Qué pasa con toda esa gente que no comete ningún delito, pero queda registrada igual? ¿Dónde van esos datos? ¿Quién los usa? ¿Con qué criterio?”.
Uno de los efectos más reconocidos que puede generar una medida como el ciberpatrullaje es lo que se conoce como chilling effect, o efecto de enfriamiento. Se trata de un fenómeno en el que las personas comienzan a moderar o directamente evitar sus expresiones públicas por temor a posibles represalias. “La vigilancia genera una forma de autocensura. Cuando no sabés qué está permitido decir o qué puede tener consecuencias, empezás a callarte. Y eso enfría el debate público”, explicó la integrante del CELS. No hace falta que haya una sanción concreta: alcanza con que la posibilidad de ser observado esté latente para desactivar el impulso a opinar, cuestionar o convocar.
Este efecto se intensifica porque, de acuerdo a cómo se plantean estas medidas, no habría forma de saber si alguien te está vigilando. No hay patrulleros a la vista, ni hay uniformes. La vigilancia se vuelve difusa, constante y silenciosa. “Todos podemos ser sujetos de esta vigilancia, y no sabemos para qué se está usando la información. Eso es lo más inquietante”, dijo Trovato. En ese marco, el ejercicio de la libertad de expresión se complica: uno no puede andar tanteando el terreno del debate político como si fuese un campo minado.

«El monitoreo en abstracto de toda la sociedad, yo no lo veo bajo ninguna regulación posible, legal o legítima», agregó Margarita Trovato poniendo en discusión lo más importante del decreto: su legalidad. Lejos de ser una herramienta mal calibrada, el “ciberpatrullaje” masivo es, para ella, una práctica que no debería existir en una democracia. El Decreto 838 habilita la vigilancia sin control judicial, a la vez que contradice normas fundamentales del marco legal tal como la Ley de Protección de Datos Personales, donde se exige que toda recolección de información tenga una finalidad clara y esté sujeta a control judicial. También va en contra de lo establecido en la Ley de Inteligencia, que prohíbe expresamente la producción de datos sobre personas por su afiliación política, religiosa o social.
A esto se suma el hecho de que el decreto fue dictado por el Ejecutivo sin debate parlamentario, utilizando las ya cansinas facultades delegadas por la Ley Bases. Para Darraidou, eso es parte de un problema mayor, ya que el gobierno demuestra que no hay ninguna intención de llegar a un acuerdo político o al menos tener un debate fructífero como para que esta herramienta del “ciberpatrullaje” pudiese haber sido mejor planteada desde un principio.
Sin duda, otro de los elementos a tener en cuenta es su posible aplicación con criterios políticos. La ambigüedad del texto, combinada con las ya conocidas formas represivas del actual gobierno, permiten inferir que la vigilancia podría estar focalizada sobre sectores sociales críticos de la gestión actual. Las especialistas coinciden en que no se trata de una medida inocente o neutral. “Esto está dirigido a ciertos posibles actores: organizaciones sociales, movimientos ambientalistas, estudiantes. Después se disfraza de lucha contra el terrorismo o el narcotráfico”, explicó Trovato.
La idea de prevenir delitos sin causa penal concreta permite intervenir sobre el activismo y la protesta, que -dicho sea de paso- ya está suficientemente vapuleada. La sospecha podría no nacer de una conducta, sino de la propia identidad de la persona. En ese marco, la vigilancia se convierte en una herramienta de disciplinamiento en un contexto donde la crítica y disidencia de las ideas del Gobierno son entendidas como amenazas directas al mismo. Más que combatir delitos, el decreto parece apuntar a desactivar el conflicto social antes de que se exprese.
La ambigüedad del decreto 838/2025 no es una casualidad ni una simple omisión: es una estrategia que siembra incertidumbre y miedo, poniendo en jaque derechos fundamentales como la libertad de expresión y la privacidad. La opacidad de lo oficial y la falta de debate público solo van a profundizar la preocupación. La sociedad no cuenta con herramientas para comprender ni cuestionar esta nueva forma de vigilancia masiva que el Gobierno intenta implementar sin controles claros ni garantías legales.





