Paola Verónica Ortiz es una mujer cordobesa que lleva 13 años presa por atravesar -en el año 2012- un parto en avalancha, sin asistencia médica ni acompañamiento, en condiciones de extrema vulnerabilidad y violencia. Este tipo de parto ocurre extremadamente rápido y puede conllevar varios riesgos: es una situación médica de emergencia que impide el acceso oportuno a la atención sanitaria. Tras un nacimiento sin vida, la Justicia provincial la declaró culpable de «asesinar» al feto que dio a luz sin vida el 31 de octubre de 2012 y la condenó a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo.
Desde finales de 2022, Rocío García Garro y Julia Luna -integrantes de la Guardia de Abogadas Feministas de CDD Argentina- asumieron su defensa con enfoque de género y derechos humanos, comprendiendo que su causa debe ser revisada de manera urgente por el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba. Paola Ortiz no solo fue víctima de violencia de género, sino también de violencia institucional y judicial.
Julia Luna, abogada del caso, habló con El Grito Del Sur: “Es un caso de extrema gravedad, en el cual se criminaliza a una mujer pobre que atravesó una emergencia obstétrica, un problema de salud que termina siendo criminalizado. La sentencia está plagada de irregularidades y prejuicios sexistas, sumado a la falta de pruebas con que se la condenó y una negligencia en la defensa”.
La defensa solicitó a la Justicia el cumplimiento del deber de aplicar perspectiva de género en esta causa. “Que se aplique la perspectiva de género significa que se operativice el principio de igualdad y no discriminación, la aplicación de principios constitucionales del derecho que fueron dejados de lado, y por lo tanto, que se le otorgue una sentencia justa libre de discriminaciones”, explicó la abogada.
Al momento de los hechos, Paola tenía tres hijos, no había terminado la escuela secundaria, vivía en una habitación prestada y no tenía un trabajo formal. El embarazo y el parto ocurrieron en absoluta soledad, sin redes de contención, sin recursos materiales ni apoyo emocional, atravesada por años de violencia física, sexual y económica.
Ante el silencio judicial, la campaña ¡Libertad para Paola! -difundida por Católicas por el Derecho a Decidir- busca visibilizar el caso y reclamar que la emergencia obstétrica no es delito. Julia agrega: “La campaña surge como un pedido de justicia y busca la liberación de Paola. A raíz de la película Belén, nos pareció que era el momento de visibilizar la causa y el pedido de absolución y libertad de Paola. No podemos permitir que el sistema punitivo estatal castigue a las mujeres que se apartan por uno u otro modo del mandato de la maternidad, en este caso por parir en condiciones de pobreza. Pedimos a la sociedad y organizaciones en general que nos acompañen con el pedido de justicia por Paola y al Poder Judicial que se aggiorne a los tiempos que corren, aplique la Constitución y deje de lado los prejuicios a la hora de sentenciar”. En el sitio libertadparapaola.org se puede firmar una petición, acceder al expediente, conocer la historia en primera persona y descargar materiales para difundir.

Soledad Deza, abogada del caso de la película “Belén”, la historia real de una mujer presa por un aborto en Tucuman, dialogó con este medio sobre la emergencia obstétrica: “Las emergencias obstétricas como eventos fisiológicos vinculados a procesos reproductivos que atravesamos las mujeres y personas con capacidad biológica de gestar, que pueden desencadenar abortos o partos sin que estén mediados por la voluntad, son un detonante de la criminalización sin ningún tipo de perspectiva de género y son un síntoma más de la revictimización de las mujeres dentro de los circuitos estatales. No solamente por el hecho de tener un útero sabemos cuándo estamos embarazadas, cuál es la edad gestacional de ese proceso fisiológico, cuáles son los sintomas afines con un aborto o con un parto, de modo tal de poder evitar las consecuencias que se derivan de ese proceso biologico. Cuando el Poder Judicial no comprende que por el hecho de ser mujeres no necesariamente tenemos las herramientas que nos permitan conocer qué hacer y cómo hacerlo frente a estas circunstancias, no podemos ser acusadas de aborto o de homicidio”.
Estas persecuciones judiciales de criminalización a mujeres frente a emergencias obstétricas no son casos aislados. De hecho, actualmente Soledad Deza se está encargando de un caso ocurrido en un hospital de Tucumán: “Eva llegó a un hospital de una localidad del interior de Tucumán con dolor de panza. La atendió un médico, la revisó en su consultorio, le diagnosticó una “lumbalgia” y le dio un tratamiento para esa patología muscular de espalda. Al poco de estar en la guardia, recibiendo tratamiento, tuvo un parto en avalancha en el baño de la institución y perdió el conocimiento. Cambió el horario de la guardia y ella quedó abandonada a su suerte en el baño. Cuando ingresaron las enfermeras del turno siguiente se preguntaron por la paciente y terminó acusada de homicidio agravado por el vínculo. Quienes debían resguardar su intimidad, la denunciaron a la Policía y la Fiscalía que intervino, no se abrió ninguna línea de investigación para esclarecer la mala praxis del personal de salud. Eva, por el hecho de ser mujer y tener un útero, se presumió como culpable y enfrenta una condena de 8 años solicitada por la fiscal Mónica García de Targa. Al igual que en el caso de Belén, ir a un hospital a pedir ayuda fue el desencadenante de múltiples violencias institucionales para esta joven de 18 años que solo tiene estudios primarios completos”.
Como concluye Soledad, lo que se vio en este caso en principio fue la presunción de inocencia y se abrió un proceso penal frente a hechos o circunstancias de la vida que no son un delito: “Por eso no nos vamos a cansar de decir que las emergencias obstétricas no son delito”.





