La subrogación —también llamada gestación por sustitución— se instaló definitivamente en la conversación pública. En paralelo al crecimiento de familias que recurren a esta práctica, emergen interrogantes éticos, sanitarios y legales: ¿es una vía legítima para acceder a la parentalidad o una forma de mercantilizar la reproducción? ¿Puede existir un modelo regulado que proteja a todas las partes involucradas? ¿Quién responde cuando el Estado no ofrece un marco claro?
Aún en este panorama polarizado, se advierte que la conversación debe correrse de la simple dicotomía entre prohibición o habilitación. La socióloga Lucía Ariza, investigadora del CONICET y co-coordinadora de Especialización en Genética, Derechos Humanos y Sociedad de la Universidad Nacional Tres de Febrero, subraya que el punto central no es solo la existencia de pago, sino las desigualdades de base que atraviesan la práctica: “En muchos casos, la gestación por sustitución refuerza desigualdades de género, clase, edad y raciales. Arreglos que parecen libres pueden surgir en condiciones de vulnerabilidad, donde la necesidad económica pesa más que la decisión voluntaria”.
La tensión está en que ambas cosas conviven: hay experiencias de cooperación afectiva entre gestantes y comitentes, documentadas ampliamente, y también existen relatos de coerción económica, intermediarios opacos y desprotección posparto. En el centro, una pregunta incómoda: ¿se puede hablar de consentimiento pleno en un país con fuertes desigualdades de ingresos?
Inglaterra: el modelo altruista
Inglaterra funciona como uno de los modelos comparados más citados. Allí la subrogación comercial está prohibida: sólo se permiten acuerdos altruistas, donde la gestante puede recibir compensación por gastos, pero no un pago por la gestación.
La filiación se formaliza mediante una parental order, un procedimiento judicial que transfiere la responsabilidad parental a los comitentes. La guía oficial The Surrogacy Pathway establece controles sanitarios, asesoramiento legal y un marco de seguridad jurídica que, según defensores del modelo, protege a todas las partes sin convertir la práctica en un mercado.
Aun así, persisten debates sobre las subrogaciones internacionales: algunos comitentes viajan a países con regulaciones más laxas para evitar estas restricciones.
Francia: la crítica desde la salud perinatal
En Francia, la subrogación está prohibida, pero el debate no se detuvo. Al contrario: un grupo de profesionales de la salud mental y la perinatalidad publicó un manifiesto que caracteriza la práctica como una forma de “abandono planificado”. Según estos especialistas —entre ellos la pediatra Catherine Dolto y la psicoanalista Myriam Szejer—, la separación inmediata entre la gestante y el bebé puede tener efectos psíquicos profundos y cualquier política pública debería considerar los riesgos de romper ese lazo abruptamente.
Laura Wang, licenciada en psicología y psicoanalista que se especializa en Psicología aplicada a la Medicina Reproductiva, nos aporta una mirada que complejiza la idea de daño asociado a la separación posparto. Su reflexión introduce matices clave: “Lo importante es cuidar las condiciones vinculares tempranas. Cuando un bebé nace en un contexto donde la persona gestante no va a ocupar un lugar en su vida, lo central es cómo se organiza su sostén afectivo desde el primer momento. En los primeros días y semanas lo que importa es la continuidad del cuidado: el contacto físico, la presencia estable que va generando estructura física y psíquica, y por supuesto va conteniendo al bebé recién nacido que llega al mundo con toda su vulnerabilidad. Si eso está garantizado por quienes reciben al bebé, no necesariamente hay un efecto traumático intrínseco por el hecho de que la gestante no participe. El riesgo aparece cuando hay quiebre en la cadena de cuidados: separación abrupta sin un adulto disponible. No se puede afirmar que el ‘abandono planificado’ genere daño por sí mismo: lo determinante es la calidad del vínculo que se establece inmediatamente después del nacimiento y en los meses siguientes”.
Estas observaciones interpelan al diseño de cualquier política pública: ¿qué implica nacer fuera del lazo prenatal que se forma durante la gestación? ¿Qué responsabilidad tiene el Estado en evitar protocolos que prescriban la separación como parte estructural del proceso?
Argentina: fallos, vacíos y desigualdad estructural
En Argentina, la discusión se volvió urgente. El Código Civil y Comercial establece que la maternidad se determina por el parto, lo que deja a los comitentes en un terreno frágil. En 2024, la Corte Suprema reiteró este criterio e instó al Congreso a legislar.
El país atraviesa un limbo normativo: la anulación en 2024 de la disposición porteña que habilitaba inscripciones preventivas dejó sin mecanismos administrativos claros. Y la judicialización, lejos de ordenar el escenario, genera más heterogeneidad: según análisis recientes, los criterios varían entre provincias, tribunales e incluso juzgados dentro de una misma jurisdicción.
Este marco —señala Ariza— abre la puerta a relaciones profundamente asimétricas: “Cuando no hay legislación ni protocolos que limiten desigualdades estructurales, las personas con recursos acceden a acuerdos que en contextos vulnerables se vuelven opciones de supervivencia. La falta de regulación es un terreno fértil para que la decisión se distorsione”.
La dimensión humana del debate emergió con fuerza en 2025 con la historia de Belén, publicada en Vaya Ina Mag. En su testimonio, la gestante relata haber sido tratada como un recurso prescindible y describe el vacío emocional posterior al parto.
Su relato vuelve visible algo que especialistas vienen advirtiendo: la falta de acompañamiento integral, la invisibilización del trabajo gestacional y la ausencia de protocolos posparto, especialmente en acuerdos informales.
Laura ilumina el costado menos narrado del proceso: el impacto psíquico de la separación en la gestante señalando: “Si la separación con la gestante no es progresiva y el apego con los padres comitentes no es progresivo, el duelo, la separación y el encuentro podría traer síntomas en la regulación emocional temprana o un apego inseguro. Aunque una mujer no desee asumir la maternidad en esa gestación, durante el embarazo su cuerpo se organiza alrededor del cuidado: genera ritmos, sensaciones, representaciones. Separarse inmediatamente después del parto puede generar experiencias de gran fragilidad psíquica y física por la disociación que debe alcanzar. Hay una fragmentación del cuerpo, la reproducción deja de pensarse como un proceso integrado y se convierte en tareas separables: óvulos, gestación, parto, crianza. Esa fragmentación puede reforzar una visión tecnocrática del cuerpo, donde la mujer gestante es vista como ‘contenedora’ más que como sujeto. En términos simbólicos queda un vacío: la sociedad celebra a quien recibe al bebé, pero la experiencia de la gestante queda invisibilizada”.
Un fenómeno globalizado: las fronteras no detienen la demanda
La subrogación, además, dejó de ser un fenómeno local para transformarse en una práctica transnacional. En los últimos años crecieron las agencias intermediarias que conectan comitentes argentinos con gestantes en países donde la práctica está permitida o no regulada.
Ariza advierte que, cuando un país restringe o no regula, la demanda simplemente se desplaza: “La gestación por sustitución se está internacionalizando mucho. Cuando un país prohíbe sin regular, el negocio se mueve a otros donde hay menos controles. Las desigualdades pueden darse dentro de un país o entre países, y la explotación también”.
¿Cómo regular? Entre lo deseable y lo posible
El debate argentino oscila entre tres grandes modelos:
1. Prohibición total: evita la mercantilización, pero empuja la práctica hacia la clandestinidad o al exterior.
2. Modelo altruista con controles estrictos: limita la explotación económica, aunque en contextos desiguales sigue siendo problemático.
3. Regulación comercial controlada: permitiría supervisar mejor las condiciones, pero abre la puerta al mercado reproductivo.
Es en este punto donde Ariza aporta una de sus reflexiones más estructurales: “La gestación por sustitución puede generar desigualdades, pero no es una característica intrínseca. Pensarla así coloca a la gestante en un lugar minorizado. Lo importante es analizar en qué relaciones se mercantiliza el cuerpo. La gestación implica tiempo, saberes, esfuerzo: es un trabajo. Y si se reconoce como tal, también debe discutirse su remuneración bajo marcos que eviten la explotación”.
También aporta una advertencia para ciertos discursos simplificadores: “Los acuerdos solidarios sin dinero no eliminan necesariamente la explotación. Pueden reproducir desigualdades por otros medios. Por eso es clave pensar regulaciones robustas, equipos psicológicos que evalúen consentimiento y mecanismos para que la gestante tenga capacidad real de decisión”.
Mientras tanto, cada caso —cada gestante, cada bebé, cada comitente— sigue expuesto a un sistema que no termina de reconocerlos ni protegerlos. Y eso, más allá de cualquier postura, es el verdadero problema que urge resolver.
La subrogación es, al mismo tiempo, una oportunidad y una alarma. Una vía para que más personas accedan a la parentalidad, y un terreno fértil para la explotación en contextos de desigualdad. El debate argentino ya no puede limitarse a posturas extremas. Exige mirar modelos comparados, escuchar a gestantes, atender al interés superior del niño y, sobre todo, dar un marco claro y transparente.
Mientras tanto, las historias como la de Belén recuerdan que detrás de cada contrato, cada embrión y cada sentencia hay un cuerpo que gesta, un bebé que nace y un Estado que no puede mirar para otro lado.





