“Denunciar un abuso sexual no es simplemente ir a una comisaría y contar lo que pasó. Para mí significó volver a atravesar una situación extremadamente violenta y poner mi intimidad en manos de un sistema que todavía no está preparado para escuchar realmente a una víctima”, explica Carolina Monteros.
Tucumana y valiente, en 2016 -cuando tenía 16 años- denunció a Álvaro Rodríguez y a Franco Trapani, director de FGF Trapani S.A. (una de las principales compañías citrícolas de Tucumán), por abuso sexual con acceso carnal agravado.
“La víctima termina aportando todo para que la Justicia empiece a investigar: su palabra, su intimidad, su tiempo y su vida. Y si además el denunciado tiene poder económico, como en mi caso, esa desigualdad se hace todavía más evidente y el acceso a la Justicia se vuelve mucho más difícil”, continúa la entrevistada.
Sin embargo, el caso volvió a ser noticia el pasado 6 de julio, cuando la Corte Suprema de Justicia de Tucumán anuló las condenas contra los acusados y los absolvió por el beneficio de la duda. La decisión revirtió la sentencia dictada en octubre de 2025, en la cual ambos habían sido condenados a diez y ocho años de prisión tras un juicio oral. Durante todo el proceso permanecieron en libertad.
“Para mí fue devastador. Después de tantos años esperando justicia, sentir que todo se dio vuelta de esa manera fue un golpe muy fuerte”. Para ella, la Justicia termina funcionando como una puerta giratoria para la impunidad, especialmente cuando se trata de personas con poder económico e influencias políticas.
En un sistema donde muchos abusos sexuales ocurren en la intimidad y sin testigos, las fallas estatales suelen recaer sobre quienes denuncian. Por eso, en el fallo firmado por Daniel Posse, Antonio Estofán y Daniel Leiva, se sostuvo que las pruebas reunidas eran insuficientes para efectuar una condena.
Si bien aceptaron que el testimonio de la víctima puede adquirir un “valor probatorio determinante”, marcaron un límite al decir: “Una cosa es valorar este tipo de hechos con perspectiva de género (…) y otra cosa diferente es pretender que baste para condenar el mero relato de la víctima”.
“Durante estos años sentí que no estaba peleando solamente contra dos personas, sino contra las desigualdades que existen dentro del sistema judicial”, asegura Carolina y habla de estructuras de poder muy fuertes, de una provincia que se sigue manejando como un feudo. Un lugar donde los victimarios pueden continuar con sus vidas, mientras las víctimas necesitan muchísima decisión y acompañamiento para dar una batalla de esta magnitud y no quedar en el camino.
“Una persona con poder puede tener recursos, abogados, contactos y tiempo para sostener una estrategia durante años. Mientras tanto la víctima queda desgastada, empobrecida y cargando con las consecuencias emocionales y personales de todo ese proceso”.

¿Qué significa denunciar?
En el fallo reciente, los jueces cuestionaron especialmente la investigación inicial, durante la cual se perdió de manera irreversible evidencia digital, y señalaron que los informes médicos y forenses no resultaban concluyentes.
Sin embargo, esas deficiencias no surgieron de manera espontánea. La causa estuvo atravesada durante años por demoras e irregularidades que organizaciones feministas y el entorno de Monteros denunciaron como parte de un funcionamiento judicial que favoreció a los imputados. Según sostienen, el expediente permaneció paralizado durante largos períodos, mientras pruebas relevantes no eran incorporadas oportunamente.
«Había en esta causa elementos probatorios importantes y suficientes y lo que cuestiono es la forma en que la Corte los valoró», asegura. «Hizo una selección de lo que tomó en cuenta, dejando fuera o restándole relevancia a aspectos importantes de la prueba, y apoyándose también en las deficiencias de una investigación fiscal que fue mala desde el comienzo». Aún con esas deficiencias, en la causa existían elementos probatorios que eran contundentes y daban cuenta de la existencia del delito, por ejemplo varias pericias psicológicas del mismo Poder Judicial y eso de lo cual la Corte en su absolución hace omisión.
“Cuando hablamos de dilaciones judiciales hay que entender algo: para una víctima, el tiempo no es neutral. Cada año que pasa significa seguir esperando, recordando y viviendo con la incertidumbre de si alguna vez va a existir justicia”, explica en un momento donde se está discutiendo el proyecto de ley de Falsas Denuncias y se ponen en riesgo grandes avances del feminismo.
Al revisar la condena, la Corte consideró que el tribunal de juicio no había fundamentado adecuadamente por qué las pruebas permitían alcanzar el grado de certeza necesario para una sentencia condenatoria. En ese sentido, cuestionó que el testimonio de Monteros hubiera funcionado como eje central de la reconstrucción de los hechos sin un «trabajo intelectual de contraste crítico» suficiente respecto del resto de las evidencias.
Si bien los magistrados reconocieron que los delitos contra la integridad sexual suelen cometerse sin testigos y que, por ello, el testimonio de la denunciante puede tener un valor probatorio determinante, afirmaron que la perspectiva de género no implica que el relato de la víctima sea suficiente, por sí solo, para condenar. Finalmente concluyeron que el testimonio de Monteros resultaba «inverosímil, contradictorio y controvertido por otras pruebas objetivas», por lo que entendieron que persistía la presunción de inocencia de Trapani y Rodríguez.
“La revictimización ocurre cuando tenés que repetir tu historia una y otra vez, cuando sentís que se pone en duda tu palabra, cuando el proceso se extiende durante años o quienes denuncias siguen teniendo herramientas para avanzar mientras vos quedás atrapada en el proceso”, agrega la joven.
“La perspectiva de género implica entender las características particulares de los delitos sexuales y dejar de aplicar prejuicios sobre cómo debería comportarse una víctima, cómo debería reaccionar, cuándo debería denunciar o cómo debería recordar determinadas situaciones”.
Por eso, explica, este fallo no solamente destruye la posibilidad de pensar con perspectiva de género, sino que además ignora una cantidad de pruebas que acompañaban el testimonio de la víctima, llegando incluso a negar en la propia sentencia la existencia o el contenido de algunas de ellas.

“Para mí lo que hizo la Corte Suprema de Justicia de Tucumán es obsceno y deja un mensaje muy grave para todas las víctimas”, sentencia.
La resolución también vuelve a exponer una discusión de fondo: cuando una investigación es deficiente desde su origen, las consecuencias rara vez recaen sobre quienes dejaron perder pruebas o demoraron expedientes. En cambio, suelen traducirse en procesos revictimizantes para quienes denuncian y en obstáculos cada vez mayores para acceder a la justicia. El fallo no sólo no tuvo perspectiva de género, sino que acusó a la víctima, adjudicándole la culpa.
“En mi caso hice lo que la sociedad le pide a una víctima: denuncié, fui a la Justicia, presté declaración, atravesé pericias y sostuve mi denuncia durante años. Y aun así tuve que enfrentar enormes obstáculos y una profunda revictimización”.
Para terminar, Carolina habla sobre el proyecto de ley de Falsas Denuncias, presentado por la senadora Carolina Losada que, si bien finalmente no se trató el pasado 6 de agosto, su potencia como mordaza social sigue latente y el intento de que llegue al recinto también.
“Mi caso demuestra que el problema no es que las mujeres denuncien demasiado. El problema es que, aún cuando denunciamos, la Justicia llega tarde, no investiga como debería, no garantiza justicia o termina favoreciendo la impunidad de los delincuentes”, concluye Carolina demostrando que no existe una buena víctima, sino solo un odio encarnizado de la sociedad a las mujeres que levantan la voz.






