Presentan una ley para incorporar la violencia digital al Código Penal

👾 La ley Belén toma su nombre en honor a Belén San Román, víctima fatal de difusión no consentida de material íntimo, quien se suicidó en Bragado luego de que viralizaran un video suyo.

El año pasado, por iniciativa de la diputada Mónica Macha y con el apoyo de diversas organizaciones sociales, el Congreso Nacional aprobó la ley Olimpia que incorpora la violencia contra mujeres en entornos digitales a la Ley 26.485 como una modalidad de violencia de género. Este fue un paso fundamental para visibilizar la problemática. Sin embargo, para que la Justicia pueda penar algunas de las modalidades de la violencia digital, es necesario que se apruebe la ley Belén que incorpora al Código Penal Argentino el delito de violencia digital.

La ley Belén propone la creación de 6 delitos: la recepción no consentida de material sexual digital (ciberflashing), la sextorsión – extorsión con amenaza de exposición de material íntimo-, la obtención no consentida de material sexual, íntimo o de desnudez, la difusión no consentida de material íntimo y su reenvío y la difusión no consentida de montajes pornográficos hechos con IA, también conocidos como porn deep fakes.

Según los datos de las organizaciones, 1 de cada 3 mujeres argentinas sufrió violencia en las redes sociales. El 34% manifestó tener miedo a salir de su casa producto de la violencia sufrida en redes sociales y 1 de cada 2 mujeres sufre o conoce alguna víctima de sextorsión. Además, 8 de cada 10 mujeres recibieron imágenes con contenido sexual sin consentimiento.

“La violencia en línea es un fenómeno relativamente nuevo pero que se encuentra en crecimiento en los últimos años con consecuencias que paralizan las vidas de quienes la sufren contando incluso con víctimas fatales”, se explica en el proyecto de ley. Según el mismo, la violencia digital es toda conducta en contra de la mujer basada en su género que sea cometida, instigada o agravada, en parte o en su totalidad, con la asistencia, utilización o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público a ellas o su grupo familiar.
El nombre del proyecto es un homenaje a Belén San Román, víctima fatal de difusión no consentida de material íntimo, quien se suicidó en Bragado luego de que viralizaran un video suyo. “Desde el Estado, la sociedad y el mercado tenemos que comenzar a demostrar que no es culpa de las víctimas y que ellas merecen apoyo”, explicó a este medio Olimpia Coral Melo, la activista mexicana que logró que se tipifique la violencia digital en su país.

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