La Costanera no se vende: qué dice el fallo que suspende la privatización

En un fallo muy duro contra el Gobierno porteño, les jueces de la Sala 2 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo anularon la venta de los predios de Punta Carrasco y Costa Salguero. En sus argumentos, reclamaron mayor transparencia institucional y participación ciudadana. También reconocieron el activismo que logró poner en agenda la privatización del Río.

La Sala 2 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo porteña, en un fallo ejemplar, expuso ayer todas las omisiones a la Constitución de la Ciudad y las contradicciones legales en las que incurrió la gestión de Horacio Rodríguez Larreta en su afán por privatizar la Costanera Norte. Les jueces Mariana Díaz, Fernando Lima y Esteban Centenaro no sólo suspendieron mediante una medida cautelar la venta de los terrenos de 23 hectáreas de Costa Salguero y Punta Carrasco, sino que también dejaron picando un llamado de atención al Ejecutivo y a la propia Legislatura por la falta de “transparencia” y de “participación democrática de la ciudadanía” en el proceso. En sus argumentos, incluso expusieron que “no escapa al tribunal la enorme repercusión pública que ha tenido la tramitación de esta causa”, en un claro guiño a las organizaciones sociales y políticas que reclaman un destino público y verde para ese sector de la ribera. El Ejecutivo recibió el golpe a tal punto que el vicejefe de Gobierno, Diego Santilli, afirmó ayer que acatarán la sentencia. La única instancia de apelación sería al TSJ porteño, algo que no es habitual en este tipo de causas.

El fallo le dio la razón a la diputada nacional Gabriela Cerruti, al Observatorio del Derecho a la Ciudad y a la Cátedra Libre de Ingeniería Comunitaria (CLIC) de la UBA, entre otras organizaciones, que habían presentado un recurso de amparo en febrero alegando que la venta de los predios se había votado en clara violación de la Constitución de la Ciudad, del Plan Urbano Ambiental y hasta del Código Urbanístico porteño, en varios de cuyos artículos se deja en claro que los terrenos costeros no pueden venderse, al menos no en la forma que el bloque de Vamos Juntos lo hizo.

Las ventas de Costa Salguero y Punta Carrasco habían sido aprobadas el 5 diciembre de 2019, durante la última sesión de ese año y la última en la que el Pro gozó de la mayoría automática, de dos tercios de les legisladores, que votaron además la privatización de otros 60 terrenos esa misma noche. Apurado por el cambio en la composición de las bancas, el oficialismo impuso sus 42 votos y le dio al proyecto un proceso de “simple lectura”, es decir, logró que se votara una sola vez y sin la convocatoria a audiencias públicas. Ese procedimiento fue posible gracias a un informe, incorporado sobre la hora al catastro de los terrenos y elaborado por una funcionaria del propio Gobierno porteño, que le quitaba el carácter de “dominio público” a los predios.

Con ese mismo argumento, el Ejecutivo que conduce Rodríguez Larreta había logrado un fallo favorable en primera instancia, gracias a la venia del juez Martín Furchi; pero ayer, finalmente, la Cámara revirtió esa decisión y sostuvo que los terrenos sí son de dominio público, por lo que invalidó todo el proceso. Les jueces, incluso, fueron más allá y abrieron la puerta a una posible anulación de la rezonificación del predio que habilita la construcción de edificios VIP votada hace tres semanas, el segundo y no por eso menos importante paso para que el negocio inmobiliario sea redondo.

En ese punto, la Cámara básicamente actuó con perspicacia. Es que hubo otros casos de privatizaciones de tierras que el Pro votó en una sola instancia, pero enmendó el “error” institucional convocando más tarde a las audiencias públicas, con la venta ya sancionada. Para evitar esa trampa, les jueces prohibieron al Gobierno de la Ciudad hacer pasar las audiencias públicas convocadas para fines de noviembre como la instancia de “participación ciudadana” dentro del proceso de Costanera Norte. Las mismas organizaciones que impulsaron la medida judicial adelantaron a El Grito del Sur que presentarán un proyecto la semana que viene para anular la ley de venta, basándose en este tramo del fallo. De todas formas, es probable que  el oficialismo no se aparte del camino que tiene trazado y se especula con que, imposibilitado de vender, busque renovar las concesiones, que vencen el año que viene.

“Los jueces dejaron en claro que este era un tema importante para la ciudadanía, que no se trata de cualquier venta, sino de la privatización del Río. Por eso, entendieron que institucionalmente el Gobierno no cumplió con los pasos adecuados, haciéndolo de espaldas al debate público y sin transparencia, cuando, como ellos bien dicen, hubo una enorme repercusión pública”, celebró el abogado ambientalista y director del Observatorio por el Derecho a la Ciudad, Jonatan Baldiviezo. “El fallo confirma lo que venimos denunciando, que la ley que se votó en diciembre en realidad no es una ley, porque no se votó como corresponde y contradice a la propia Constitución de la Ciudad. Si así se hubiera manejado, por ejemplo, el Gobierno nacional en el Congreso, hubiera sido un escándalo”, agregó.

LOS ARGUMENTOS DEL FALLO

A lo largo de 20 páginas, les jueces Díaz, Lima y Centenaro arrojan luz sobre los aspectos legales de forma y de fondo que permiten apreciar hasta qué punto la venta de la Costanera Norte resulta un atropello para los intereses comunes de les porteñes. Los principales son:

  • La Constitución de la Ciudad, en su artículo 8, establece claramente que “los espacios que forman parte del contorno ribereño de la Ciudad son públicos y de libre acceso y circulación”. Les jueces incluso citan a una de las legisladoras constituyentes de aquel entonces (1996), que explica por qué se introdujo ese párrafo en la ley de leyes porteña: “Esta Ciudad ha sido fundamentalmente una Ciudad puerto, una Ciudad ribereña. Sin embargo, debo reconocer que para la gente hubo un momento en que el río se perdió […] vinieron las construcciones, las concesiones, las modernas instalaciones privadas…”.
  • Como la Constitución porteña se sancionó posteriormente a las concesiones de los predios (de fines de los 80s y principios de los 90s), el artículo 27 apunta a recuperarlos. El Ejecutivo deberá, dice, buscar “la protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantizar su uso común”.
  • El Plan Urbano Ambiental y el Código Urbanístico, que tienen rango superior a una ley simple votada en Legislatura (no lo pueden contradecir), prevén que se debe “destinar a uso público a los predios de dominio estatal que se desafecten en las riberas…”
  • El Código Urbanístico establece claramente que los terrenos en cuestión son de “dominio público”; por lo tanto, el Ejecutivo sabía de entrada que no podía votar su venta con un proyecto de simple lectura y sin convocar a audiencias públicas. El Pro, dijeron los jueces, incurrió en “un avance indebido” sobre el Código y en una “interpretación disociada de la estructura jerárquica normativa” que puso en jaque el bien común.
  • La ley de fines de los 90 que transfiere los predios del puerto de Nación a Ciudad también establece que los terrenos son de “dominio público”. “Podría incluso pensarse que esa fue la finalidad perseguida a través de la cesión gratuita de la Nación a la Ciudad: lograr terminar con décadas de apropiación indebida de la ribera”, señalan les jueces.
  • La jurisprudencia en todos los casos en que se judicializó una venta de terrenos de “dominio público”, mediante una ley de simple lectura, dicta que la venta tiene que anularse.

Para les jueces, el gobierno incurrió en falta de transparencia institucional. “La publicidad de los actos de gobierno, la transparencia y la posibilidad de participación y control de los habitantes de la CABA exigirían, como principio, que (el debate de la venta mediante audiencia pública) fuera debidamente comunicado y debatido, de frente a la sociedad”.

“Se advierten las circunstancias que podrían afectar derechos de tan alta valía o poner en crisis lo que parece ser una política fundamental en la dinámica de gobierno”, agregaron. «No escapa al tribunal la enorme repercusión pública que ha tenido la tramitación de esta causa. Y eso no es casual; es reflejo del particular interés que, desde la propia Constitución de la Ciudad, se ha puesto en el uso de los espacios públicos y, en particular, del acceso a la ribera y a la sustentabilidad ambiental y urbanística de las decisiones de gobierno».

 

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Matias Ferrari

Periodista, comunicador y militante social. Trabajó en Página/12 y colaboró en la investigación del libro "Macristocracia" publicado por Editorial Planeta.